El contrato de trabajo establece para ambas partes derechos y obligaciones.
Derechos del trabajador
*A percibir el salario.
*A recibir una ocupación efectiva.
*Recibir un trato igualitario.
*Recibir protección de su seguridad personal.
*A la promoción y formación en el trabajo.
*A la integridad física y a la intimidad.
Obligaciones del empresario
A la hora de poner en marcha una empresa, tan importantes son las obligaciones a las que los promotores hacen frente para su constitución como aquellas que son consecuencia del inicio y desarrollo de la actividad.
A) El trabajador: El empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral.
B) Los representantes legales de los trabajadores: Deberá entregar a los representantes legales, una copia básica de los contratos formalizados por escrito así como las prórrogas de dichos contratos.
C) El Servicio Público de Empleo: Los empresarios están obligados a registrar SPE, en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación Cuando sea obligatorio el registro en el SPE de un contrato, deberá ir acompañado de una copia básica del mismo, firmada por los representantes legales de los trabajadores.