Formalización

 Formalización del contrato de trabajo

      *Establecer el modo en que se va a formalizar un contrato de trabajo es fundamental, ya que el contrato de trabajo puede formalizarse tanto por escrito como de palabra.Es obligatorio por escrito cuando así lo exija una disposición legal, y siempre en los siguientes contratos:
  • Contratos en Prácticas.
  • Contratos a Tiempo Parcial.
  • Contratos de Relevo.
  • Contratos para la realización de Obra o Servicio determinado.
  • Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
  • Contratos por Tiempo Determinado (no indefinido) cuya duración sea superior a 4 semanas.
Cada una de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito, en cualquier momento del transcurso de la relación laboral.
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